Hermosos términos y definiciones legales. Términos de la ley

En la ciencia jurídica, la definición del término "concepto jurídico" es vaga y ambigua.

En general, la palabra "concepto" se define en filosofía como una forma de pensamiento que refleja las propiedades, conexiones y relaciones esenciales de objetos y fenómenos. La principal función lógica del concepto es la asignación de lo general, que se logra al abstraer de todas las características de los objetos individuales de una clase dada. En lógica, un pensamiento en el que los objetos de una determinada clase se generalizan y se distinguen de acuerdo con ciertas características comunes y, en conjunto, específicas para ellos. Los lingüistas usan una definición más amplia: un concepto es un pensamiento general formado lógicamente sobre un objeto, una idea de algo, una representación, información sobre algo.

El concepto es "una representación tan única o general, con la ayuda de la cual consideramos mentalmente solo las características esenciales del objeto". Por medio de conceptos individuales y sistemas conceptuales, se muestran fragmentos de la realidad, estudiados por diversas teorías científicas.

Las ideas generalmente aceptadas sobre conceptos pueden correlacionarse con fenómenos jurídicos. Por tanto, un concepto jurídico puede definirse como un fenómeno de orden jurídico sobre un objeto o un conjunto de objetos, sobre una cualidad o su totalidad, tomados en sus rasgos más esenciales y distintivos. Un concepto jurídico es el significado acumulado de un fenómeno particular que sirve para transmitir información jurídica.

Muy a menudo, la ciencia jurídica divide los conceptos jurídicos según su alcance y, en consecuencia, su significado, en: conceptos jurídicos generales que son importantes para todo el sistema de ciencias jurídicas, todas las ramas del derecho y la legislación ("estado", "ley" , “norma jurídica”, etc.). ); intersectorial, importante para varias ramas del derecho y de la ciencia jurídica ("falta de conducta", "responsabilidad material", "defensa necesaria", etc.); conceptos de la industria: la acción de este último está determinada por los límites de una rama particular del derecho y la legislación relevante ("crimen", " contrato de empleo", "servidumbre", etc.).

Cabe señalar que es imposible identificar conceptos jurídicos con términos jurídicos, lo que a veces se encuentra en la literatura. Entonces E. S. Shugarina cree que el sinónimo de la palabra "concepto" es la palabra "término".

Un término es "una palabra o frase que es el nombre de un concepto especial de cualquier esfera de producción, ciencia o arte". En consecuencia, el objeto de un término jurídico es dar un nombre al concepto jurídico correspondiente. Así, el concepto es una categoría de la lógica y el término es una categoría de la lingüística.

MI. Kovalev sugiere que "los conceptos no reflejan directamente la realidad, están más cerca de la esencia del fenómeno, el contenido de los conceptos en forma concisa se fija en definiciones verbales, gracias a las cuales tenemos la oportunidad de distinguir algunos objetos de otros y formular el significado del término que se está introduciendo en uso".

El problema de la correlación de los conceptos jurídicos y los términos jurídicos debe discutirse en el contexto de la solución del problema del contenido y la forma del derecho. En cuanto al concepto jurídico, es una categoría que refleja el lado contenido (interior, invisible) del derecho. El término legal, que denota este o aquel concepto, ya se refiere a la forma de la ley (informa al intérprete del texto de un acto legal normativo sobre la fijación de un determinado concepto en él).

Así, un término jurídico es una palabra o frase que tiene un significado jurídico, expresando un concepto jurídico utilizado en el proceso de cognición y desarrollo de los fenómenos de la realidad desde el punto de vista del derecho.

En la literatura científica, existen tradicionalmente tres tipos de términos jurídicos:

1) de uso común: palabras de un lenguaje literario ordinario ("hombre", "ley", "vivienda", etc.);

2) términos no jurídicos especiales: términos que pertenecen a ciencias especiales (no jurídicas) y se utilizan en la ciencia jurídica ("locura", "pericia", "epidemia", etc.);

3) términos legales especiales: términos que tienen un contenido legal especial, que refleja las características del estado y la ley como fenómenos legales específicos. Surgen en el proceso de la actividad jurisdiccional ("demandado", "acusado", "autoridad de casación", etc.).

Los términos legales se pueden clasificar de otras formas, por ejemplo:

1) por fuente de ocurrencia: de habla rusa y extranjera;

2) según el grado de especificidad: inequívoco y que requiere interpretación;

3) según el grado de complejidad: monocomponente y multicomponente.

El uso de términos jurídicos en actos legislativos debe cumplir una serie de requisitos estrictamente definidos, en particular, tales como:

a) claridad terminológica (las normas jurídicas y la terminología contenida en ellas deben ser claras para todos a quienes van dirigidas; idealmente, cada término utilizado en derecho debe tener el suyo propio, y sólo el suyo, original y, además, el único significado) ;

b) inequívoca terminología (el mismo término debe ser utilizado en uno u otro acto jurídico normativo en el mismo sentido);

c) estabilidad terminológica (cada término debe conservar su significado especial en cada acto jurídico normativo de nueva adopción);

d) unidad terminológica (los términos utilizados en un determinado acto normativo deben ser idénticos y no contradecir los términos contenidos en otros actos jurídicos normativos);

e) reconocimiento terminológico universal (los términos deben usarse de acuerdo con la terminología generalmente reconocida).

La ciencia jurídica tiene un aparato conceptual de segundo orden, es decir, un derivado, formado a partir de los conceptos de otras ciencias. Percibe los conceptos de otras ciencias sólo después de haberlos transformado y adaptado a sus propias necesidades. Por lo tanto, es necesario identificar la esencia de estas transformaciones, así como las formas y medios de adaptación.

Para ello se utiliza ampliamente una operación lógica que revela el contenido de los conceptos, denominada definición o definición de conceptos.

La definición realiza varias funciones. En primer lugar, puede reducir la cantidad de información necesaria para la formulación de un nuevo concepto jurídico, ampliando así el aparato conceptual del derecho. En este caso, surge la pregunta de qué criterios deben satisfacer tales definiciones, cuáles son las reglas para su consolidación. En segundo lugar, la definición puede revelar el significado de un concepto describiéndolo a través de otros conceptos jurídicos. Aquí el principal problema es encontrar métodos para resolver la cuestión de si un concepto inicial dado puede definirse en términos de otros conceptos. Desde este punto de vista, la definición es el resultado de un análisis de la relación entre los conceptos originales (primarios).

Una definición existe dentro de un lenguaje determinado y tiene una estructura lógica formal. La definición de un concepto jurídico siempre tiene un lado cognitivo, ya que con su ayuda el sujeto recibe información jurídicamente significativa.

La ciencia jurídica ha desarrollado una serie de conceptos jurídicos generales fundamentales, categorías que tienen importancia metodológica para la rama de las ciencias jurídicas, para la práctica jurídica. Reflejan las características esenciales más comunes inherentes al sistema de fenómenos jurídicos en general, las etapas históricas individuales en el desarrollo del derecho en la historia mundial y los sistemas jurídicos más desarrollados de nuestro tiempo. Por lo tanto, las categorías jurídicas deben entenderse como los conceptos jurídicos más generales y extremadamente amplios que reflejan las propiedades y características esenciales de un determinado fenómeno. Estos, por ejemplo, incluyen: "federalismo", "estadidad", "sistema legal", "democracia", etc. Al generalizar el concepto de responsabilidad civil, administrativa, penal y de otro tipo, - señala V. K. Babaev, que ilustra el proceso de formación de categorías, se puede obtener un concepto extremadamente amplio de responsabilidad legal. Será una categoría jurídica, ya que este concepto, abstrayéndose de las características inherentes a determinados tipos de responsabilidad sectorial, y centrándose en lo general, que es inherente a la responsabilidad jurídica en su conjunto, capta sus rasgos más significativos.

Así, haciendo una conclusión general sobre los conceptos jurídicos como base lógica y lingüística de la ciencia jurídica, cabe señalar lo siguiente. Los conceptos jurídicos sirven como base material de construcción, con cuya ayuda se formula el pensamiento jurídico. Los conceptos jurídicos extremadamente amplios desarrollados por la ciencia jurídica se denominan categorías jurídicas. Reflejan las propiedades y características principales y más generales inherentes a un fenómeno particular de la realidad jurídica estatal.

Los términos son la representación lingüística de los conceptos. Es necesario hablar de la correlación de conceptos jurídicos y términos jurídicos en el contexto del problema del contenido y la forma del derecho. El concepto legal es el lado contenido interno de la ley, y el término legal se refiere al lado externo de la ley, su forma.

GLOSARIO DE TÉRMINOS Y CONCEPTOS BÁSICOS DEL DERECHO

Monarquía absoluta- una forma de gobierno en la que todo el poder se concentra en manos del monarca, no está limitado por nada, no hay constitución ni parlamento, no hay división del poder en ramas.

Autonomía- una forma de autogobierno de una parte del territorio de un estado unitario y, a veces, federal.

Jurisdicción administrativa- las actividades de los órganos y funcionarios de la administración estatal establecidos por actos legislativos para resolver casos administrativos individuales y aplicar las sanciones legales apropiadas de manera administrativa (sin acudir a los tribunales).

Estructura administrativo-territorial- la división del territorio del estado en ciertas partes (regiones, distritos, provincias, etc.), de acuerdo con las cuales se construye y funciona el sistema de autoridades locales.

Acto jurídico (acto jurídico)- un documento oficial escrito que genera determinadas consecuencias jurídicas, crea un estado de derecho y tiene por objeto regular las relaciones sociales.

El acto de aplicar las reglas del derecho.- un decreto (orden) individual, imperio del estado, emitido como resultado de la decisión de un caso legal.

Actos de interpretación oficial del estado de derecho- actos jurídicos adoptados por los órganos y funcionarios estatales competentes y que contengan explicaciones de las normas jurídicas.

sufragio activo- el derecho a participar con voto decisivo en la elección y revocación de los miembros de los órganos estatales electos, así como en los referéndums.

analogía de la ley- una forma de superar la brecha, en la que se toma una decisión de aplicación de la ley sobre la base de una norma específica de una ley específica que regula relaciones similares a la situación en consideración.

analogía de la ley- una forma de superar la brecha, en la que se toma una decisión de aplicación de la ley sobre la base de los principios de la ley, el espíritu de la legislación.

apátridas- Tilo que no tiene los derechos de ciudadanía en ningún estado.

Apelación- una de las formas de apelación contra un veredicto judicial.

Arbitraje- un órgano de resolución de litigios patrimoniales y no patrimoniales conexos, formado por acuerdo de las partes o de las autoridades competentes.

Disposiciones generales- no establece la regla de conducta, sino que se remite a las normas, reglamentos, instrucciones, etc. para familiarizarse con ella.

Veto- una prohibición impuesta por el jefe de estado sobre la decisión de un órgano ejecutivo o legislativo.

Poder (sociedad)- la capacidad y la capacidad de ejercer una influencia decisiva en las actividades, el comportamiento de las personas con la ayuda de la voluntad, la autoridad, la violencia.

El poder del Estado- liderazgo político de la sociedad con la ayuda del aparato estatal.

corduraCondicion normal la psique de una persona sana; expresada en la capacidad de dar cuenta de sus actos y gestionarlos.

Jefe de Estado- el funcionario más alto, considerado el portador del poder ejecutivo y el representante supremo del estado en el campo de las relaciones exteriores.

Hipótesis- una parte del estado de derecho, indicando condiciones específicas (circunstancias), en cuya presencia o ausencia la regla comienza a operar.

Máquina estatal- un sistema de órganos estatales, es decir, órganos a través de los cuales se ejerce el poder estatal.

coerción estatal- se trata de un impacto físico, psíquico, patrimonial u organizativo realizado con base en la ley por órganos estatales, funcionarios y organismos públicos autorizados con el fin de proteger intereses personales, públicos o estatales.

soberanía estatal- una propiedad política y jurídica del poder estatal, que expresa su independencia de cualquier otro poder tanto dentro como fuera de las fronteras del estado, que consiste en el derecho del estado a decidir con independencia y libertad todos sus asuntos.

estructura estatal- la organización nacional-territorial interna del poder estatal, la división del territorio del estado en ciertas partes constituyentes, su estatus legal, la relación entre el estado en su conjunto y sus partes constituyentes.

Cuerpo gubernamental- una parte relativamente independiente, estructuralmente separada del aparato estatal, dotada de la competencia adecuada y que depende en el proceso de implementación de sus funciones del poder organizativo, material y coercitivo del estado.

Estado- una organización soberana y universal del poder político, destinada a asegurar la vida normal de las personas, teniendo su propio territorio, aparato de coerción, creando leyes y recaudando los impuestos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

Ciudadanía- conexión política y legal de una persona con el estado.

Sociedad civil- tal estado de la comunidad de personas en un estado dado, que se desarrolla sobre la base de las demandas individuales de autorrealización libre en la sociedad y el estado y la autorregulación sin intervención estatal arbitraria o con su participación mínima

Modo gramatical (filológico, lingüístico, textual) de interpretación- consiste en comprender el significado de una norma legal basada en un análisis del texto de un acto normativo (se aclara el significado de las palabras individuales, se establecen las conexiones gramaticales de las palabras, se determina la estructura semántica de las oraciones, se presta atención a la puntuación marcas, conjunciones, palabras introductorias).

capacidad legal- la capacidad de una persona para ejercer derechos y obligaciones por sus acciones.

El efecto del acto jurídico reglamentario- ejecución obligatoria de una ley u otro acto jurídico reglamentario dentro de un tiempo determinado, en un territorio determinado (en el espacio) y en relación con un círculo específico de personas.

Comportamiento- aquellos hechos jurídicos que están asociados con la voluntad de al menos uno de los participantes en las relaciones jurídicas

Legislación delegada (legal)- publicación por el gobierno (u otras autoridades ejecutivas) de acuerdo con la Constitución y otras leyes o por autorización del parlamento de actos normativos.

agravio- un acto que daña a un individuo o sociedad.

Delicadeza- la capacidad de una persona para asumir la responsabilidad legal por el delito cometido.

Democracia- democracia; una forma de poder público del Estado, basada en el reconocimiento del pueblo como fuente de poder.

Deformación de la conciencia jurídica- esta es su distorsión, "destrucción" de ideas positivas, creencias, sentimientos, actitudes, etc.

Método dispositivo (autónomo) de regulación legal- un método de influencia que brinda a los sujetos de derecho la oportunidad de regular las relaciones entre ellos dentro de los límites determinados por la ley.

Disposición- una parte de una norma que contiene una regla de conducta que deben seguir los sujetos de derecho.

Contenido normativo del contrato- sobre un acuerdo bilateral o multilateral entre los sujetos de derecho, que contiene las normas de derecho.

Ejecutivo- la persona que de forma permanente o transitoria desempeñe funciones de representante de las autoridades, así como que ocupe en forma permanente o transitoria cargos en instituciones estatales o públicas relacionadas con el desempeño de funciones de organización, administración o administración.

Interpretación doctrinal (científica)– explicación de las normas jurídicas por parte de instituciones de investigación, científicos individuales en artículos, monografías, comentarios científicos, discusiones orales y escritas de proyectos de reglamentos.

Ley- un acto legal de mayor fuerza legal, adoptado de manera procesal especial por los más altos órganos legislativos (representativos) del poder estatal o por referéndum y que regula las relaciones públicas más importantes.

legalidad- la observancia exacta, estricta y rigurosa por parte de todos los sujetos de derecho de todos los actos jurídicos normativos vigentes en el territorio del Estado.

Poder legislativo (representativo)- uno de los tres poderes de equilibrio en el estado, ejercido por los órganos legislativos (representativos) elegidos por el pueblo, que tiene el derecho exclusivo de legislar.

iniciativa legislativa- el derecho a presentar un proyecto de ley a la legislatura de acuerdo con el procedimiento establecido.

abuso de derecho- el uso de un derecho subjetivo en contradicción con su objeto social, que suponga una violación de los intereses protegidos de otra persona.

El proceso de destitución- un procedimiento legal especial que prevé la privación de los poderes del jefe de estado.

estado individual- fija el estado legal de un individuo (sexo, edad, estado civil, trabajo realizado, etc.), es móvil, dinámico, cambia junto con los cambios que ocurren en la vida de una persona.

Particulares (calidad física)- ciudadanos del estado, extranjeros, apátridas (personas apátridas), personas con doble ciudadanía (doble nacionalidad).

incorporación- una forma de sistematización de la legislación, en la que los actos normativos sin cambiar su contenido se combinan en varias colecciones y colecciones.

demanda judicial– acudir a los tribunales para proteger el derecho subjetivo violado o controvertido.

Órganos ejecutivos del poder estatal- órganos destinados a garantizar la aplicación de la política estatal y la aplicación de las leyes adoptadas por los órganos representativos.

Forma histórica y jurídica de interpretación- consiste en comprender el significado de las normas jurídicas a partir del estudio de las condiciones históricas y políticas de su adopción.

Fuente (forma) de la ley (en el sentido legal formal)- formas de expresión externa y consolidación del contenido de las normas jurídicas, dándoles un carácter general y vinculante (cumplimiento).

Casual interpretación- caracterizado por la obligación, el carácter individual, el uso único en relación con un caso específico.

incidente- un evento, una acción aleatoria que ocurre sin la participación volitiva de los sujetos de las relaciones jurídicas.

Casación- apelación, protesta ante un tribunal superior de decisiones judiciales que no han entrado en vigor.

Quórum- el número de participantes en la reunión necesarios para reconocer su decisión como válida.

Código- un acto consolidado de volumen considerable, que es una presentación sistemática de las normas de una rama particular de la legislación o una institución jurídica, regulando en detalle y específicamente un área determinada de relaciones.

Codificación- una forma de sistematización de la legislación, en la que hay un procesamiento interno significativo de material legal, lo que resulta en la creación de un acto fundamentalmente nuevo.

Reglas de conflicto- las prescripciones adoptadas para eliminar los conflictos, o establecer el procedimiento para resolver los conflictos entre normas jurídicas.

Interpretación competente (profesional)- aclaración del significado de la norma jurídica, proveniente de personas conocedoras del campo del derecho - profesionales del derecho, funcionarios, etc.

Competencia- un conjunto de derechos y obligaciones de cualquier sujeto colectivo de derecho.

Relación jurídica específica- los vínculos jurídicos, cuyos sujetos, en todo caso, uno de ellos (el titular del derecho subjetivo), se determinan por individualización por nombre.

Consolidación- una forma de legislación en la que se lleva a cabo una combinación de un conjunto de actos menores emitidos sobre uno o varios temas en un acto consolidado, mientras que su contenido no cambia, pero cada uno de los actos combinados pierde su significado legal independiente.

confederados- representar una asociación de estados que conservan su independencia, tienen sus propios órganos de poder y administración del estado, y al mismo tiempo crean órganos conjuntos especiales para coordinar acciones para ciertos fines (militares, de política exterior, económicos, etc.).

Interpretación legal (permitida, delegada)- se permite la aclaración del sentido de las prescripciones legales, que es realizada por los sujetos a quienes se les encomienda.

Modo lógico de interpretación.- consiste en el estudio no de palabras individuales, sino de vínculos internos entre partes de un acto normativo, la estructura lógica de las prescripciones jurídicas mediante el uso directo de leyes y reglas de la lógica (transformación lógica, inferencias a partir de lo contrario, etc.).

sistema mayoritario- un sistema para determinar los resultados de las votaciones, según el cual se considera elegido al candidato que obtenga la mayoría de votos establecida por la ley.

Gobierno local- un tipo especial de autoridad pública que resuelve de forma independiente cuestiones de importancia local por parte de la población de una comunidad territorial (comunidad rural, distrito, ciudad, etc.), financiada con recursos locales y bajo la responsabilidad de la población de esta comunidad.

Método de regulación legal- un conjunto de técnicas jurídicas, formas de influir en el derecho sobre las relaciones sociales.

Métodos de la teoría del estado y del derecho. es un conjunto de tecnicas y metodos mediante los cuales se estudia el derecho y el estado.

Mecanismo del estado (aparato estatal)- un sistema de organismos, instituciones y organizaciones estatales, con la ayuda de los cuales se garantiza la implementación de las funciones internas y externas del estado.

Mecanismo de regulación legal- tomado en unidad, el sistema de medios jurídicos por los que se lleva a cabo la regulación jurídica de las relaciones sociales.

Monarquía- una forma de gobierno en la que el poder supremo del estado se concentra formalmente (en su totalidad o en parte) en manos del único jefe de estado - el monarca (faraón, rey, rey, emperador, sha) y en la mayoría de los casos dura toda la vida y heredable.

mononormas- Normas sociales específicas unificadas e indivisas (patrones, reglas de comportamiento) de la sociedad primitiva.

Moratoria- diferimiento del cumplimiento de las obligaciones, establecido por un período determinado.

impuestos- pagos obligatorios establecidos por el estado, recaudados de personas jurídicas y personas naturales.

Incorporación no oficial- creación de la publicación de colecciones por parte de organizaciones y particulares por iniciativa propia y sin la sanción de los órganos estatales competentes.

interpretación no oficial- aclaración del significado de las normas legales, que es dada por entidades que no tienen un estatus oficial, no tienen la autoridad para explicar oficialmente las prescripciones legales.

norma picante- este es un decreto universalmente vinculante, formalmente definido, imperio del estado de los sujetos legisladores que regula las relaciones sociales.

Interpretación normativa- caracterizado por la obligación estatal, la naturaleza general, la posibilidad de uso repetido, mientras que no conduce a la creación de nuevas normas jurídicas.

Acto legal- un documento oficial escrito adoptado por los sujetos competentes de legislar y que contiene las normas de derecho.

estándares morales- reglas de conducta que regulan las relaciones entre las personas basadas en ideas de bien y mal, justicia e injusticia, etc.

Normas-definiciones- prescripciones que contengan definiciones de conceptos y categorías jurídicas.

Normas-principios- las prescripciones que expresan y fijan los principios del derecho.

Retroactividad de la ley (retroactividad)- extensión de las normas de esta ley a las relaciones sociales que se desarrollaron antes de su entrada en vigor.

orden publico- el estado de orden de las relaciones sociales, basado en la observancia y aplicación por parte de todos los sujetos de todas las normas sociales vigentes en la sociedad.

Situación jurídica general- el estatus de una persona como ciudadano del estado, miembro de la sociedad (determinado por la Constitución del país, es el mismo, el mismo para todos, se caracteriza por una relativa estática, generalización).

objeto de la ley- las relaciones públicas sujetas a regulación legal.

El objeto de la relación - aquellos beneficios materiales y espirituales, respecto de los cuales los sujetos de las relaciones jurídicas tienen derechos y obligaciones recíprocos.

Objeto de la infracción- relaciones públicas que están bajo la protección de la ley, que han sido dañadas (o se ha creado una amenaza de tal daño) por un delito cometido.

El lado objetivo de la ofensa- caracteriza su manifestación en el exterior; los elementos principales son un acto (acción o inacción), su ilicitud, consecuencias socialmente dañinas y una relación de causalidad entre el acto y las consecuencias que se han producido; elementos facultativos son el lugar, tiempo, método, ambiente de la comisión del delito.

interpretación ordinaria- una explicación realizada por cualquier ciudadano.

costumbres- reglas de comportamiento históricamente establecidas, que, como resultado de la repetición repetida, se han convertido en un hábito.

Monarquía limitada- la organización del máximo poder estatal, en el que el poder del monarca está limitado por la constitución o algún órgano representativo.

defensor del pueblo- Comisionado de Derechos Humanos, cuya tarea es recopilar información sobre violaciones de derechos humanos y ayudar a aquellos cuyos derechos han sido violados.

Publicación de la ley (promulgación)- colocación de la ley adoptada en una determinada publicación impresa para familiarizar ampliamente al público ya los ciudadanos individuales, así como a los funcionarios con su contenido.

Autoridades judiciales- Instituciones estatales que administran justicia.

Relaciones jurídicas relativas- vínculos jurídicos en los que todos los participantes se identifican por su nombre (titulares de derechos subjetivos y obligaciones jurídicas).

Eventos relativos- circunstancias de vida que no están relacionadas con la voluntad de los participantes en una determinada relación jurídica, pero están relacionadas con la voluntad de terceros.

rama del derecho- un conjunto de normas que regulan las relaciones sociales homogéneas por su método inherente de regulación jurídica.

interpretación oficial- aclaración del significado de las normas legales, que es dada por entidades autorizadas (organismos estatales y funcionarios), se fija en un acto especial y es vinculante para otras entidades.

Parlamento- una institución representativa del estado a nivel nacional, que lleva a cabo funciones legislativas.

República parlamentaria (parlamentaria)- una forma de república, que se caracteriza por el hecho de que el gobierno está formado por partidos que tienen una mayoría en el parlamento y tienen responsabilidad política ante el parlamento

Experimentando la Ley (Ultraactivo)- continuación de la ley después de su derogación.

estatutos- los actos jurídicos adoptados por las autoridades competentes o los funcionarios del Estado sobre la base y en cumplimiento de la ley, que contengan las normas de derecho.

subsector- un conjunto de normas que rigen varias partes (ámbitos) de relaciones sociales homogéneas.

Política- el campo de actividad asociado a la relación entre diversas entidades en cuanto a la gestión de la sociedad y el ejercicio del poder estatal.

Partido político- una asociación voluntaria de personas que expresa la voluntad de un determinado grupo social y busca "ganar" o retener el poder estatal, para influir en la política de acuerdo con su programa.

El sistema político de la sociedad.- un sistema de todos los fenómenos políticos que existen en una sociedad socialmente heterogénea.

Régimen político (estatal-legal)- un conjunto de técnicas, métodos y métodos mediante los cuales se ejerce el poder estatal.

Estímulo (legal)- un método de regulación legal, expresado en recompensar a los sujetos por cierto comportamiento.

Gobierno- el máximo órgano ejecutivo del estado.

Derecha- este es un sistema de normas obligatorias, formalmente definidas que emanan del estado, protegidas por él y que regulan las relaciones sociales.

Propiedad- un conjunto de normas legales que fijan y protegen la propiedad de bienes materiales por parte de ciertas personas (el derecho a poseer, usar, disponer).

cultura jurídica- la totalidad de todos los valores creados por el hombre en el ámbito jurídico.

presunción legal- la suposición de que un hecho o condición se considera como tal hasta que se demuestre lo contrario.

Sistema legal- un conjunto de medios jurídicos interrelacionados, mutuamente convenidos e interactivos que regulan las relaciones sociales, así como elementos que caracterizan el nivel de desarrollo jurídico de un determinado país.

ficción legal- una disposición inexistente reconocida de conformidad con la legislación como existente y con consecuencias jurídicas adecuadas.

Impacto legal- Modos, métodos, formas de influencia del derecho en las relaciones sociales.

educacion juridica- un proceso decidido y deliberado de influenciar la conciencia de las personas para formar un alto nivel de conciencia legal y cultura legal.

estado constitucional- una forma especial de organización del poder político en la sociedad, en la que se reconocen y garantizan los derechos humanos naturales, se realiza efectivamente la división del poder estatal en legislativo, ejecutivo y judicial, se asegura el estado de derecho y la responsabilidad mutua de los ciudadanos al Estado y el Estado a los ciudadanos.

Regulacion legal- Impacto intencional en las relaciones públicas llevado a cabo con la ayuda de un sistema de medios legales; una forma de regulación de las relaciones sociales, mediante la cual la conducta de sus participantes se adecua a las exigencias contenidas en las normas de derecho.

Instituto Jurídico- un conjunto de normas que regulan una cierta área (lado) de relaciones sociales homogéneas.

nihilismo legal- negación del valor social de la ley, desprecio consciente por los requisitos de la ley, una actitud crítica aguda hacia los requisitos de respeto y observancia de la ley

costumbre legal- una regla de conducta históricamente establecida y sancionada por el estado, a la que el estado otorga un significado universalmente vinculante.

Precedente legal (judicial o administrativo)- una decisión judicial o administrativa en un caso legal específico, que se convierte en la norma para todos los casos similares que surjan en el futuro.

Situación jurídica de la persona- la posición legalmente fijada del individuo en la sociedad.

Relaciones jurídicas- que surgen sobre la base del estado de derecho, las relaciones sociales volitivas, cuyos participantes tienen derechos subjetivos y obligaciones legales proporcionadas por el estado.

Conducta lícita- socialmente necesario, deseable o permisible desde el punto de vista de los intereses del individuo, de la sociedad y del estado, el comportamiento de los sujetos de derecho, conforme a las normas de derecho, garantizado y protegido por el estado.

Autoridad- un requisito legal de una persona autorizada para desempeñar funciones de una parte obligada.

Ofensa- acto socialmente peligroso, culposo, ilegal, que implica responsabilidad legal

la Ley y el orden- el estado de orden de las relaciones sociales, basado en la implementación y observancia por parte de todos los sujetos de derecho de todas las normas de derecho vigentes en el territorio del estado.

conciencia legal- un conjunto de ideas, teorías, sentimientos, emociones, actitudes, estados de ánimo, etc., que expresan la actitud de las personas ante la ley vigente y deseada.

Capacidad legal- la capacidad de una persona para tener, en virtud de las normas jurídicas, derechos subjetivos y asumir obligaciones jurídicas (surge en el momento del nacimiento y termina con la muerte).

Personalidad jurídica (capacidad jurídica)- la capacidad de una persona para ser sujeto de derecho.

Legislación- elaboración, aprobación y publicación por el Estado de documentos especiales que contengan normas de derecho.

Preámbulo- parte introductoria o introductoria del acto legislativo.

Sujeto de regulación legal- una parte separada de las relaciones sociales cualitativamente homogéneas reguladas por el estado de derecho.

El objeto de la teoría del Estado y del derecho- las pautas más generales de surgimiento, desarrollo y funcionamiento del Estado y del derecho.

incorporación del sujeto- colocación de actos jurídicos normativos en colecciones únicas sobre el tema de la regulación jurídica.

República presidencial- una forma de república en la que el presidente es tanto el jefe de estado como el jefe del poder ejecutivo, es elegido por la población o los electores, tiene libertad para nombrar ministros y el parlamento no tiene derecho a destituirlos ya sea personalmente o por todo el gabinete.

Un crimen- el delito socialmente más peligroso previsto por la ley penal.

Aplicación de la ley- poder estatal, organizando las actividades de organismos y funcionarios estatales específicos para implementar normas legales relativas a casos específicos de vida mediante la emisión de prescripciones legales específicas individuales.

Principios de derecho- ideas fundamentales, principios rectores que sustentan la naturaleza, expresan su esencia y determinan su funcionamiento.

Brecha en la ley- ausencia total o parcial de normas, cuya necesidad se debe al desarrollo de las relaciones sociales y las necesidades de soluciones prácticas a los casos.

1. Axiología del estado y el derecho(Griego axia - valor) - la doctrina del lugar del estado y la ley en el sistema de otro mundo y valores humanos

2. El acto de aplicar la ley - decisión autorizada e individual de una agencia de aplicación de la ley en un caso legal específico

3. analogía de la ley - decisión del caso sobre la base de la norma que regula relaciones similares análogas.

4. analogía de la ley- decisión de un caso legal basado en los principios del derecho

  1. Antropología del estado y el derecho(Antropos griego - hombre) - la doctrina de la importancia del estado y la ley en la vida humana, la influencia de la naturaleza humana en el estado y la ley, y viceversa

6. Aparato estatal- el sistema de órganos estatales que ejercen el poder estatal.

  1. Garantías de legalidad - un sistema de medios que aseguran el proceso de la implementación real de la legalidad en la práctica

9. Hipótesis- una indicación de las condiciones de aplicación de la norma.

  1. Gnoseología del estado y el derecho(gnosis griega - conocimiento y logos - enseñanza) - la doctrina de las fuentes, principios, formas, medios y métodos de conocimiento de los fenómenos legales estatales

11. Gobierno - un orden especial de organización (dispositivo) y el uso de la fuerza capaz de resolver los asuntos de toda la sociedad .

  1. Estado es una institución política y jurídica de un poder soberano único, universal, que tiene el monopolio del uso de la coerción pública legal y la creación de normas legales (legales).
  2. Sociedad civil- parte de la vida pública que no está controlada por el estado; una cierta etapa en el desarrollo de la sociedad, que se basa en ciertos criterios para la cooperación mutua y la interacción entre el estado y la sociedad en su conjunto
  3. Ciudadanía- conexión política y legal de una persona con el estado, que se materializa en los derechos y obligaciones interrelacionados del individuo y el estado.
  4. capacidad legal- esta es una oportunidad real para que un individuo ejerza sus derechos y obligaciones de forma independiente; ocurre después de llegar a cierta edad y depende de la condición mental, física.

16. Delicadeza- la posibilidad (habilidad) establecida por la ley de asumir la responsabilidad legal por el delito cometido.

17. Disposición- una parte de una norma jurídica que contiene una indicación de los derechos u obligaciones otorgados por el sujeto de la ley

18. Ley- un acto normativo adoptado por las más altas autoridades legislativas del estado, que tiene como objetivo regular las relaciones sociales más importantes y tiene la más alta fuerza legal.

19. legalidad- el requisito de la aplicación estricta y estricta de las leyes por parte de los órganos estatales, los funcionarios y los gobiernos locales en el proceso de ejercicio de sus poderes estatales.

20. iniciativa legislativa- una propuesta de una persona competente para adoptar una nueva ley

21. Legislación - un conjunto de leyes existentes, estatutos, así como otras fuentes de derecho.

22. Regulación individual - influencia imperiosa en el comportamiento humano con la ayuda de instrucciones específicas, personalizadas y únicas.

23. incorporación- una forma de sistematización en la que el procesamiento externo del material normativo tiene lugar sin cambiar el contenido interno de los actos normativos.

24. Ejecución del derecho - cumplimiento de las obligaciones legales establecidas por la norma legal

25. uso del derecho- implementación de los derechos subjetivos previstos por las normas legales

26. Codificación - una forma (método) de elaboración de leyes de sistematización, durante la cual se agregan nuevas normas legales al contenido interno de un acto normativo, se modifica el contenido de las normas legales existentes y se retiran normas antiguas.

27. Conflicto de leyes- reglas contradictorias

28. Consolidación- una forma de sistematización en la que varios actos normativos que regulan relaciones sociales similares se combinan en un solo acto normativo

  1. Confederación - una forma de gobierno que, a diferencia de una federación, tiene una unidad estatal menos fuerte y está formada por estados para lograr objetivos específicos.
  2. normas corporativas - normas adoptadas por organizaciones públicas no gubernamentales destinadas a regular las relaciones intraorganizacionales entre los miembros de estas organizaciones;
  3. Medidas de protección- formas de restitución del derecho violado consagrado en la ley;
  4. Gobierno local- una forma de ejercicio por parte del pueblo de su poder, que asegura, dentro de los límites establecidos por la legislación nacional, una decisión independiente y bajo su propia responsabilidad por parte de la población directamente y (o) a través de los gobiernos locales sobre cuestiones de importancia local con base en la intereses de la población, teniendo en cuenta las tradiciones históricas y locales

33. Metodología de la teoría del estado y del derecho- esta es la doctrina de los métodos y métodos de conocimiento de la realidad legal estatal, así como su aplicación en el proceso de actividad cognitiva.

34. Métodos de regulación legal - técnicas, métodos de influencia legal en las relaciones sociales

35. mecanismo estatal- la totalidad de todas las organizaciones estatales que, de una forma u otra, participan en la implementación de las funciones estatales

36. Mecanismo de regulación legal - un sistema de medios legales especiales mediante los cuales se lleva a cabo un impacto directo (regulación) del derecho a las relaciones públicas

  1. Monarquía - una forma de gobierno en la que el portador del poder supremo y soberano de por vida suele ser una sola persona (emperador, rey, sha, sultán, etc.).
  2. Estándares morales - reglas que regulan el comportamiento de las personas de acuerdo con las ideas establecidas en la sociedad sobre "bien y mal", "justo e injusto", "bien y mal";
  3. La ciencia- un sistema de conocimiento sobre el mundo circundante, que se expresa en forma de ideas, conceptos, conceptos teóricos que reflejan las leyes de la realidad que rodea a una persona.

40. Imperio de la ley- el juicio obligatorio, formalmente definido, imperioso (prescripción) de carácter general, que expresa la voluntad estatal, es establecido y asegurado en su ejecución por el estado para regular las relaciones sociales.

41. Protección reglamentaria de las relaciones públicas - es el impacto en el comportamiento humano con la ayuda de reglas de carácter general para proteger las relaciones sociales de posibles y continuas violaciones.

42. Regulación normativa de las relaciones públicas - influir con la ayuda de reglas generales sobre el comportamiento de las personas para agilizar las relaciones sociales, manteniéndolas dentro de "límites dados".

43. Acto legal- un documento oficial de las autoridades competentes, que contiene nuevas normas jurídicas, modifica o deroga normas jurídicas existentes.

44. El objeto de la relación - para qué entran las personas en relaciones jurídicas; a qué se dirigen los intereses de sus participantes.

45. Costumbres - reglas de conducta que se han desarrollado en la sociedad como resultado de la repetición repetida y se llevan a cabo por la fuerza del hábito

  1. Ontología de Estado y Derechos a (griego ontos - ser) - la doctrina de la esencia del estado y la ley, sus principios, los principios básicos de su existencia (ser)

47. organismo estatal- un colectivo (persona única) con una cierta competencia, poderes del poder estatal, que actúa sobre una base legal, que administra la empresa en nombre del estado que la creó.

  1. Órganos de autogobierno local (órganos municipales) - elegidos directamente por la población y (o) formados por el órgano de representación del municipio, órganos dotados de facultades propias para resolver cuestiones de trascendencia local
  2. Responsabilidad legal- el deber del infractor de someterse a la condena estatal en forma de aplicación de medidas desfavorables obligatorias en orden procesal especial por el delito cometido.

50. rama del derecho- un elemento del sistema de derecho, un conjunto de normas que regula un bloque de relaciones sociales aisladas (similares) de manera similar.

  1. Política- solución de tareas socialmente significativas, gestión de los asuntos de la sociedad en su conjunto.
  2. Sistema político(en sentido estricto) - un conjunto de formaciones estatales y no estatales (organizaciones, asociaciones) que participan en la gestión de la sociedad; (en un sentido amplio) - toda la vida pública política
  3. poder potestad- poder basado en la fuerza.

54. Derecha- un sistema de prescripciones generalmente vinculantes de carácter general, que expresan la voluntad del estado, son establecidas (sancionadas) por el estado, que asegura su implementación y regula las relaciones sociales para asegurar el orden y la organización de la vida social.

55. Ideología jurídica- nivel científico de conciencia jurídica, sistema conocimientos teóricos, principios, ideas científicas sobre la existencia jurídica.

56. cultura jurídica- el ambiente legal que existe en la sociedad; consta de muchos fenómenos: la conciencia jurídica, el comportamiento jurídico, se materializa en los valores jurídicos cultivados en la sociedad, las actividades de las instituciones jurídicas, la legislación, etc.

57. psicología jurídica- un conjunto de conocimientos prácticos, habilidades, sentimientos, emociones e ideas sobre el derecho y otros fenómenos jurídicos.

58. Sistema legal- tomados en unidad, la totalidad de todos los fenómenos jurídicos que forman la propia vida jurídica de cualquier sociedad

59. educacion juridica- actividad decidida del estado, sus funcionarios y organismos estatales, así como organizaciones no gubernamentales, colectivos laborales e individuos para formar un alto nivel de conciencia legal y cultura legal.

  1. estado constitucional- un estado donde la ley legal "reina", y el poder del estado está limitado por los requisitos de la legislación democrática.
  2. Conciencia jurídica - un conjunto de ideas, puntos de vista, teorías, principios, así como sentimientos, emociones de las personas acerca de la realidad jurídica, "ser jurídico".

62. Instituto Jurídico- un grupo estable de normas, que, por regla general, se destaca dentro de una rama separada del derecho, que regula relaciones sociales homogéneas.

63. costumbre legal- una forma de ley en la que ciertas costumbres con el permiso (sanción) del estado reciben significado legal.

  1. El estatus legal del individuo - el estatus legal de una persona en una sociedad organizada por el estado, la expresión legal de la medida de libertad que un individuo tiene

65. Conducta lícita- actividad socialmente significativa, legalmente permisible que cumple con los requisitos de las normas legales.

  1. Ofensa- acto ilegal, socialmente dañino, culpable (acción o inacción) de una persona delincuente.

67. relación legal- conexión legal de las partes (participantes de la relación legal), que consiste en sus derechos subjetivos mutuos y obligaciones legales

68. la Ley y el orden- un conjunto de relaciones sociales correspondientes a la ley; el estado de su orden, formado como resultado de la práctica de implementar normas legales que se ha desarrollado en la sociedad

69. Capacidad legal - la posibilidad legal de que una persona sea titular de derechos y obligaciones; es inherente al individuo desde el momento del nacimiento y existe hasta el final de su vida

70. Personalidad legal- la coincidencia del derecho - y la capacidad jurídica en una sola persona.

71. Sujeto de regulación legal - aquellas relaciones sociales que están reguladas por la ley.

  1. El objeto de la teoría del Estado y del derecho- patrones generales de surgimiento, desarrollo y funcionamiento de la realidad estatal-jurídica.

73. Aplicación de la ley- actividades administrativas, procesales y de poder de sujetos autorizados (competentes) para la implementación de normas legales al considerar casos legales específicos y tomar decisiones individuales - actos de aplicación de la ley.

74. Principios de organización y actividad del aparato estatal- los principios fundamentales, los requisitos principales que se tienen en cuenta al crear organismos estatales y se presentan a sus actividades prácticas.

75. Principios de derecho- los principios fundamentales en los que se expresa la esencia del derecho

76. Brecha en la derecha - la ausencia de una norma que regule las relaciones existentes que objetivamente necesitan acción legal

77. Estado simple (unitario)- un solo estado, dentro del cual no hay partes constituyentes que tengan signos de estado

78. realización del derecho- implementación de la implementación de los requisitos de las normas legales en la vida real, el logro de los objetivos de la regulación legal.

  1. normas religiosas - reglas que gobiernan el comportamiento de las personas basadas en ideas de lo divino y lo sagrado.
  2. República - forma de gobierno en la que el poder supremo en el estado pertenece a personas elegidas por la población del país

81. Sanción- parte de la norma legal, que indica las medidas para asegurar su implementación.

82. sistema legislativo(en un sentido amplio) - un conjunto de leyes, estatutos y otras fuentes de derecho vigentes en una sociedad determinada; en sentido estricto - un conjunto de leyes existentes

83. El sistema de regulación social normativa- la totalidad de todas las normas sociales vigentes en la sociedad

84. Sistematización de actos jurídicos reglamentarios- actividades para racionalizar los actos normativos, ponerlos en sistema único para un uso eficiente y conveniente.

85. derecho sistémico - una propiedad objetiva del derecho, que consiste en la unidad y consistencia de todas las normas jurídicas y su división simultánea en ramas e instituciones separadas.

86. Cumplimiento de la ley - implementación de prohibiciones

  1. Composición del delito- signos de un delito establecido por la ley, cuya presencia, según el juicio imperativo del legislador, es la base única y suficiente para incurrir en responsabilidad legal.
  2. El fin social del estado- el objetivo último, principal, la misión histórica del estado.

89. normas sociales- normas de conducta que rigen las relaciones entre las personas,

  1. Sociología del estado y del derecho(lat. societas - sociedad) - una doctrina que explora el lugar y el papel del estado y la ley entre otras instituciones y fenómenos sociales
  2. Garantías legales especiales legalidad - Medios realmente jurídicos que aseguran el cumplimiento de los requisitos de legalidad.

92. sujeto de derecho- una persona que puede tener derechos subjetivos y obligaciones legales

93. Sujeto de la relación jurídica- una persona con derechos subjetivos y obligaciones legales

94. ley subjetiva- el tipo y medida del posible comportamiento de la persona autorizada.

95. Teoría de Gobierno y Derechos - ciencia política y jurídica que estudia son comunes patrones de surgimiento, desarrollo y funcionamiento de la realidad estatal-jurídica.

96. Estándares técnicos - reglas de conducta que rigen la actitud de una persona hacia medios tecnicos, herramientas, naturaleza en general

  1. tipología estatal- una especie de clasificación basada en las propiedades más significativas, más estables y más profundas del estado

98. Interpretación de la ley- comprender y explicar el significado de las normas jurídicas

99. Contabilización de regulaciones- la sistematización "primaria" más simple de material normativo, realizada en diario, índice de tarjeta o formularios automatizados

  1. Federación- unión legal estatal (asociación) de varios formaciones estatales, dando como resultado la formación de un nuevo estado
  2. Forma (fuente) de la ley- formas oficialmente establecidas de expresar y fijar normas jurídicas en las que se expresa la voluntad estatal.
  3. forma de estado- una forma de organizar y ejercer el poder estatal.
  4. Forma de gobierno - principios de organización del poder estatal en términos territoriales; la división del territorio estatal dentro del país en partes constituyentes, el estatus legal de estas partes, los derechos y obligaciones mutuos de las autoridades centrales y locales, la medida de su responsabilidad mutua.
  5. Forma de régimen legal estatal- un conjunto de métodos para ejercer el poder estatal
  6. Forma de gobierno- los principios de la estructura y las relaciones de los órganos supremos (más altos) del poder estatal.
  7. Formas de ejecución de las funciones del Estado.- actividades de organismos estatales similares en sus características, a través de las cuales se implementan las funciones del estado.

107. Función estatal - influencia administrativa objetivamente necesaria, imperiosa y decidida del estado en ciertas áreas de las relaciones sociales, en última instancia, destinada a preservar esta sociedad, asegurando su integridad y vitalidad.

108. función de la ley- la dirección del impacto legal en las relaciones sociales, que expresa la esencia y el propósito social de la ley en la sociedad

109. Obligación legal- tipo y medida del comportamiento adecuado y necesario

110. tecnica juridica- un conjunto de herramientas, técnicas y reglas utilizadas en el proceso de desarrollo, publicación y ejecución de documentos legales

111. Composición legal (real)- un conjunto de varios hechos jurídicos necesarios para que se produzcan las consecuencias jurídicas

112. acto legal- un acto lícito que comete el sujeto de la relación jurídica, sabiendo de las consecuencias jurídicas y con el fin de lograrlas

113. accion legal - un acto lícito que una persona comete, sin saber acerca de las consecuencias legales o sabiendo, pero no queriendo que ocurran.

114. Precedente legal - una forma de ley en la que la decisión de un tribunal u otras autoridades competentes en un caso legal específico y en relación con una persona específica se convierte en una regla generalmente vinculante, un "modelo" para resolver todos los casos similares en el futuro.

115. hecho juridico- una circunstancia específica de la vida con la que la ley asocia el surgimiento, cambio o terminación de las relaciones jurídicas

  1. entidad - una organización que tiene una unidad organizativa interna (estructura), su propia propiedad separada, puede actuar en su propio nombre en los tribunales y puede asumir la responsabilidad patrimonial por sus obligaciones.
contenidos Tema 1. Objeto y método de la teoría del Estado y del derecho... Tema 2. Origen del Estado y del derecho…………… Tema 3. Concepto, esencia y finalidad social del Estado…………………… …… Tema 4. Formas del Estado………………………… Tema 5. Funciones del Estado………………………………. Tema 6. El Estado en el sistema político de la sociedad… Tema 7. Mecanismo estatal………….………………... Tema 8. El concepto de derecho…………………………………… …………… . Tema 9. Norma jurídica…………………………………………. Tema 10. El derecho en el sistema de regulación social…. Tema 11. Legislación y formas (fuentes) del derecho… Tema 12. Sistema de derecho………. Tema 13. Conciencia jurídica y cultura jurídica Tema 14. Relaciones jurídicas.……………… Tema 15. Aplicación de la ley….……………….. Tema 16. Comportamiento jurídico……………………. .. Tema 17. Responsabilidad jurídica…………… Tema 18. Ley y orden……………….. Tema 19 Estado, derecho y personalidad…………………… Tema 20 Estado de derecho y sociedad civil… Glosario de términos legales… ………………… Índice……………………

Eutanasia (del griego. ei- bueno y Tánatos- muerte) - la aceleración intencional de la muerte o el asesinato de un paciente incurable para poner fin a su sufrimiento. La cuestión de la permisibilidad de la eutanasia sigue siendo discutible.

Los órganos del Ministerio Público, del Poder Judicial y sus funcionarios también podrán dictar actos jurídicos normativos. Sin embargo, estos órganos generalmente no se consideran entre los órganos legislativos, ya que los actos normativos que adoptan tienen un carácter departamental estrecho, se emiten con el propósito de la gestión operativa interna de estos órganos y, por regla general, se aplican solo a los empleados. de estos departamentos.

Una descripción más detallada de los delitos y actos objetivamente ilegales se da en el tema "Comportamiento legal".

"permitir y no interferir" - fr.)

2.5. Términos básicos y definiciones a

Absentismo- fenómeno vida política caracterizado por la falta de voluntad de los votantes para participar en las elecciones a los órganos representativos del poder.

Autonomía- un cierto grado de independencia de los territorios individuales del estado, sujetos de la federación.

AUTORITARISMO- una forma de poder concentrado en manos de una persona o de una autoridad; Se manifiesta en forma de coerción de los subordinados para cumplir la voluntad del líder, acompañada de la supresión de la independencia de los subordinados.

RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA- el tipo de responsabilidad legal, expresada en la aplicación por un órgano de poder autorizado o un funcionario de una sanción administrativa al infractor.

ÁMBITO ADMINISTRATIVO- distribución de objetos y casos, que están a cargo de autoridades ejecutivas separadas.

CASTIGO ADMINISTRATIVO- una medida de responsabilidad establecida por el estado por la comisión de una infracción administrativa, que se utiliza para prevenir la comisión de nuevas infracciones tanto por el propio infractor como por otras personas.

INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA- un acto ilegal y culpable de una persona física o jurídica, por el cual la legislación administrativa de la Federación Rusa o las leyes de las entidades constitutivas de la Federación Rusa establecen responsabilidad administrativa.

ACTOS DE ESTADO CIVIL - los principales eventos en la vida de una persona que están sujetos a registro obligatorio en las oficinas de registro estatales, también se llama el registro de estos eventos en sí.

OBLIGACIÓN DE APOYO - relación jurídica de familia nacida sobre la base de un acuerdo entre las partes o de una decisión judicial, en virtud de la cual, en los casos previstos por la ley, algunos miembros de la familia están obligados a proporcionar alimentos a otros miembros, y estos últimos tienen derecho a exígelo.

PENSIÓN ALIMENTICIA- fondos para el mantenimiento de algunos miembros de la familia. La base de la obligación de alimentos registro legal de las relaciones familiares: matrimonio, adopción (adopción) de niños, etc.

Anarquía- anarquía, anarquía, un modo de organización de la sociedad, excluyendo el poder estatal y basado en la idea de autogobierno de varias comunidades sociales.

RENTA - pago de la propiedad arrendada. El monto del alquiler se determina por acuerdo entre el arrendatario y el arrendador, y en el caso de arrendamiento de propiedad estatal -establecido normas aprobadas por las autoridades estatales competentes o el gobierno autónomo local.

ASOCIAL- ir en contra de las normas sociales vigentes.

ARRENDADOR- el propietario del inmueble, alquilándolo.

BASE- la base económica de la sociedad; según la teoría marxista - un conjunto de relaciones de producción correspondientes a un cierto nivel de desarrollo de las fuerzas productivas.

DESAPARECIDO - un ciudadano cuyo lugar de residencia durante el año no hay información sobre el lugar de su residencia y si es reconocido como tal por un tribunal.

Condiciones de trabajo seguras- condiciones de trabajo bajo las cuales el impacto en los trabajadores de daños y (o) peligrosos factores de produccion excluidos o los niveles de su impacto no superan los estándares establecidos.

Desempleados- los ciudadanos sanos que no tienen trabajo ni ingresos se registran en el servicio de empleo para encontrar un trabajo adecuado, están buscando trabajo y están listos para comenzar.

CASA - menores que no tienen el cuidado de los padres o del estado, residencia permanente, ocupaciones positivas apropiadas a la edad, cuidados necesarios y atención médica, capacitación y educación sistemáticas. En sociología, este fenómeno también se denomina orfandad social.

BENEFICIOS- todo lo necesario para una persona, lo beneficia, crea placer, comodidad en la vida, bienestar, prosperidad, puede satisfacer las necesidades vitales de las personas. Esta es tierra libre, aire, agua de ríos, lagos, mares, océanos, flora y fauna de la naturaleza, la llamada riqueza natural. Los beneficios económicos son creados por el trabajo de las personas, son el resultado de su actividades de producción. Por lo tanto, los beneficios económicos se pagan, se compran y se venden, se heredan, se pueden otorgar, los proporciona el Estado a las personas que los necesitan.

PARIENTES CERCANOS - los parientes se reconocen en línea ascendente o descendente directa (padres e hijos, abuelo, abuela y nietos, hermanos y hermanas puros o mestizos (que tienen un padre o una madre común).

MATRIMONIO- la unión voluntaria e igualitaria legalmente formalizada de un hombre y una mujer, concluida con el fin de crear una familia y dar a luz a personas que han concluido sus derechos y obligaciones personales y patrimoniales.

EDAD DE MATRIMONIO - la edad para el derecho a contraer matrimonio. Establecido en 18 años con derecho a reducirlo a 16 años a petición de los cónyuges (si concurren motivos fundados) por el órgano de la LSG del lugar de residencia de estas personas. Las leyes de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia pueden permitir el matrimonio, teniendo en cuenta circunstancias especiales, a partir de los 14 años.

CONTRATO MATRIMONIAL- un acuerdo de personas que contraen matrimonio o se van a casar, que determina los derechos de propiedad y las obligaciones de los cónyuges en el matrimonio o en el momento de su disolución.

COSAS- objetos del mundo exterior que pueden satisfacer las diversas necesidades de las personas.Hay cosas inamovible(objetos firmemente conectados al suelo, cuyo movimiento es imposible sin causarles un daño significativo) y móvil(incluyendo dinero y valores).

tiempo relajarse- el tiempo durante el cual el empleado está libre de desempeño deberes laborales y que puede usar como le plazca.

ENERGÍA- 1) la capacidad y la capacidad de disponer, ejercer la voluntad, administrar personas, objetos, procesos utilizando diversos medios, como la fuerza, la autoridad, las tradiciones, la ley, el dinero; 2) autoridades a las que se les ha otorgado autoridad para ejercer el poder. Hay autoridades legislativas, ejecutivas y judiciales. El poder en la organización pertenece a sus dueños y líderes. El poder en el país, región pertenece a los órganos legalmente elegidos o designados de conformidad con la ley y los reglamentos aplicables. En la dirección de una organización, el poder son las relaciones sociales que implican el cumplimiento obligatorio de la voluntad del líder por parte de los subordinados, por el hecho de que éste tiene los derechos y oportunidades para dirigir a los subordinados. Tipos de poder: legítimo (derecho legalizado de influir en otros); carismático (basado en la autoridad de un líder carismático); poder funcional (basado en la posición oficial).

EL PODER DEL ESTADO- 1) el derecho, la oportunidad y la capacidad del estado de ejercer influencia a través de organismos y funcionarios estatales sobre el destino, las relaciones y las actividades de las personas utilizando diversos medios y métodos; 2) un sistema de instituciones relevantes y órganos gubernamentales que toman decisiones de poder; 3) personas investidas de los poderes de autoridad pertinentes.

PODER JURÍDICO- la capacidad y la capacidad de tener un impacto decisivo en las actividades, el comportamiento de las personas con la ayuda de los derechos legales; el derecho legalizado de un sujeto (individuo o grupo) de imponer su voluntad a otras personas u organizaciones, a pesar de la oposición de éstas. El tipo más importante es el poder político: la capacidad real de una clase, un grupo o un individuo determinado para llevar a cabo su voluntad, determinada por necesidades e intereses objetivos. Los principales medios para ejercer el poder legítimo son las políticas, los actos administrativos, las normas jurídicas; se realiza a través del poder, la autoridad y la influencia.

PODER EJECUTIVO- la autoridad pública que vela directamente por la aplicación de las normas jurídicas, a la que se le encomienda la función de ejecutar las leyes adoptadas por la autoridad legislativa (parlamento). Representa la totalidad de los poderes para administrar todos los asuntos públicos y el propio sistema de administración pública. El poder ejecutivo en la Federación Rusa está representado por el Presidente (jefe de estado) y el Gobierno de la Federación Rusa. A nivel regional, el poder ejecutivo es ejercido por varios órganos de administración territorial y autogobierno local, los más altos funcionarios de las entidades constitutivas de la Federación Rusa.

PODER JUDICIAL- 1) poder independiente independiente; incluye tribunales representados por jueces y jurados invitados, asesores populares y arbitrales; 2) el régimen jurídico de los tribunales, su lugar y condición como órganos especiales del poder del Estado; es el ejercicio mismo del poder judicial.

VOLUNTAD- el proceso mental de control consciente de la actividad, que se manifiesta en la capacidad de una persona para superar restricciones, dificultades y obstáculos en el camino hacia la meta. Superar obstáculos y dificultades requiere fuerza de voluntad, un estado especial que moviliza las fuerzas físicas, intelectuales y morales de una persona.

sufragio universal- la ley civil, legalmente consagrada, fijando la posibilidad y necesidad de participación de los ciudadanos del Estado que hayan cumplido la edad establecida en las elecciones, así como de ser elegidos para los órganos electivos del poder del Estado.

gerontocracia- "el poder de los ancianos", una especie de forma de gobierno en la que la élite gobernante está formada principalmente por personas de la tercera edad. Esto deja una huella en su conciencia política, que se manifiesta en conservadurismo, inercia, estancamiento de pensamiento y falta de voluntad para permitir los cambios necesarios.

JEFE DE ESTADO- el funcionario más alto, considerado el portador del poder ejecutivo y el representante supremo del estado en el campo de las relaciones de política exterior; elegido para el cargo por voto popular; En la Federación Rusa, el jefe de estado es el Presidente de la Federación Rusa.

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA- la organización práctica y la regulación del impacto en la vida social con el fin de dinamizarla, preservarla o transformarla, con base en el poder estatal.

DEUDA DEL ESTADO- el monto de la deuda del gobierno con los acreedores internos (deuda interna) y los acreedores externos (deuda externa).

AUTORIDAD DE ESTADO- una institución creada de acuerdo con el procedimiento establecido, desempeñando en nombre del Estado una o más funciones de acuerdo con su objeto, teniendo unidad orgánica, competencia y autoridad propias.

MECANISMO ESTATAL- un sistema de órganos estatales que llevan a cabo sus tareas y funciones.

SISTEMA POLÍTICO- un sistema de relaciones sociales, económicas y político-jurídicas establecido y consolidado por las normas del derecho constitucional.

EXPRESAR- organización de la autoridad pública, contribuyendo a la implementación predominante de intereses específicos dentro de un determinado territorio.

CIUDADANO- 1) una persona que tiene todo el conjunto de derechos y obligaciones previstos por las leyes del país, que tiene ciudadanía (ver: ciudadanía) del estado dado; 2) persona con cultura política y jurídica; persona moral

CÓDIGO CIVIL- un acto codificado, un código, un conjunto de disposiciones legislativas que regulan las relaciones de propiedad en la Federación Rusa, obligaciones contractuales, relaciones de propiedad y no propiedad, actividades empresariales en las que participan ciudadanos y personas jurídicas.

ACUSADO CIVIL - una persona llevada ante la justicia a instancia de una persona interesada, un presunto infractor del derecho.

SOCIEDAD CIVIL- la variedad de relaciones de individuos libres e iguales no mediadas por el estado.

Responsabilidad civil- se produzca por incumplimiento de obligaciones contractuales de carácter patrimonial o por causar daños materiales de carácter extracontractual. El principio básico de la responsabilidad civil es la reparación integral del daño.

CIUDADANÍA- una relación jurídica estable entre una persona y el Estado, expresada en el complejo de sus derechos, deberes y responsabilidades mutuos.

GRUPO SOCIAL- un conjunto relativamente estable de personas unidas por intereses, valores, normas de conciencia y comportamiento comunes. En un sentido amplio, el concepto de "grupo social" abarca cualquier asociación social de personas, desde la familia hasta la sociedad en su conjunto. En sociología, un grupo social se entiende en un sentido más estricto: como un conjunto de individuos unidos para realizar ciertos intereses y objetivos personales, colectivos y públicos que interactúan entre sí. en cierta forma. Los miembros de un grupo social se relacionan con él, se sienten partícipes y son reconocidos como sus miembros. La categoría "grupo social" es básica en relación con los conceptos de "clase", "estrato social", "nación" y otras comunidades de personas.

CAPACIDAD- la capacidad de una persona por sus acciones para ejercer los derechos y obligaciones asociados con la edad y las propiedades mentales de una persona.

Declaración- anuncio, declaración en nombre del gobierno o partido, proclamando los principales objetivos políticos, ideológicos.

DEMOCRATIZACIÓN- un proceso dirigido a limitar la jerarquía de liderazgo, la autocracia a través de la participación de las personas en los procesos de gestión, estableciendo un orden que se centre en los intereses de la mayoría, igualando a las personas en derechos y deberes.

DICTADURA- Poder ilimitado y absoluto.

Discriminación- restricción o privación deliberada de los derechos, ventajas de cualquier persona, organización o estado por cualquier motivo (raza, nación, creencias políticas y religiosas, etc.).

Disciplina laboral- obligatorio para todos los empleados observar las reglas de conducta definidas de acuerdo con Código de Trabajo, otras leyes, un convenio colectivo, acuerdos, un contrato de trabajo, reglamentos locales de la organización.

Matrimonio a largo plazo- relaciones matrimoniales de personas legalmente casadas, que duren más de 10 años.

BUEN ESPOSO - un cónyuge cuyos derechos son violados por la celebración de un matrimonio declarado nulo.

RÉGIMEN VOLUNTARIO DE PROPIEDAD DE LOS CÓNYUGES - el procedimiento para la posesión, uso y disposición de los bienes adquiridos por los cónyuges durante el matrimonio, establecido por el contrato matrimonial.

CONTRATO- un acuerdo entre dos o más personas destinado a establecer, cambiar o rescindir derechos y obligaciones mutuos (obligaciones).

ACUERDO DE REGALO - un contrato de derecho civil en virtud del cual una parte (el donante) transfiere o se compromete a transferir a la otra parte (el donatario) una cosa en propiedad o un derecho de propiedad (reclamo) para sí mismo o para un tercero, o libera o se compromete a liberar de una obligación patrimonial para sí o para con un tercero.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO- un contrato de derecho civil en virtud del cual una de las partes, el propietario de la vivienda o una persona autorizada por él (el arrendador), se compromete a proporcionar a la otra parte (el inquilino) la vivienda a cambio de una tasa de posesión y uso para vivir en ella. .

UNIDAD DE PODER- 1) la ejecución de las funciones legislativa, ejecutiva y de control por una sola rama del poder estatal con la primacía del poder legislativo; 2) un principio organizativo y un esquema adecuado de la estructura de gestión, que incluye la subordinación de cualquier empleado a no más de una persona superior de acuerdo con la regla "el jefe de mi jefe no es mi jefe".

medios hermanos (hermanas)- hermanos paternos (hermanas) con diferentes madres.

Medios hermanos (hermanas)- hermanos (hermanas) por madre con diferentes padres.

SALA DE ESTAR- locales aislados, que son bienes inmuebles y aptos (cumpliendo con los requisitos de la legislación, normas y reglamentos sanitarios establecidos) para la residencia permanente de los ciudadanos.

Huelga- Negativa voluntaria temporal de los empleados a cumplir con sus deberes laborales (total o parcialmente) para resolver un conflicto colectivo de trabajo.

Sueldo- la remuneración del trabajo en función de la cualificación del empleado, la complejidad, la cantidad, la calidad y las condiciones del trabajo realizado, así como el pago de indemnizaciones e incentivos.

LEY- un acto jurídico normativo del máximo órgano del poder estatal, adoptado en la forma prescrita, vinculante en el territorio del país y con la más alta fuerza jurídica (prioridad en relación con otros actos normativos).

LEGALIDAD- la observancia por parte de todos los sujetos de derecho de las leyes y estatutos.

RÉGIMEN DE PROPIEDAD JURÍDICA DE LOS CÓNYUGES - el procedimiento para la posesión, uso y disposición de los bienes adquiridos por los cónyuges durante el matrimonio, establecido por las normas dispositivas del cap. 7 CI RF; tal es el régimen de bienes gananciales de los cónyuges.

PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE FAMILIA - acciones de los sujetos de las relaciones jurídicas de familia encaminadas a garantizar la inviolabilidad del derecho, reprimiendo las violaciones y eliminando las consecuencias de tal violación.

ABUSO DEL DERECHO DE FAMILIA - un delito, que debe entenderse como la utilización por parte de sujetos de relaciones jurídicas de familia de medidas de conducta lícita con la intención de dañar a otro.

ABUSO DE LOS DERECHOS DE LOS PADRES - ejercicio de la patria potestad en detrimento de los intereses del niño.

Evasión maliciosa del pago de dinero por mantenimiento- falta de voluntad sistemática y obstinada para pagar dinero en cantidades establecidas por una decisión judicial para el mantenimiento de menores, así como niños discapacitados que hayan cumplido dieciocho años. Además, la negativa de una persona durante mucho tiempo sin una buena razón a brindar asistencia en el mantenimiento de los niños puede reconocerse como una evasión maliciosa del pago de la pensión alimenticia, ya que la falta de voluntad para cumplir con una decisión judicial se deriva de su comportamiento.

IDEOLOGÍA- un sistema de puntos de vista e ideas en el que se reconocen y evalúan las actitudes de las personas hacia la realidad y entre sí, reflejando los intereses de varios grupos y clases sociales.

TÉRMINOS LEGALES son:

TÉRMINOS JURÍDICOS medios de técnica jurídica, con ayuda de los cuales determinados conceptos adquieren expresión verbal en el texto de un acto normativo. Siendo el material principal para escribir las normas de derecho, Yu.t. tienen un significado transitorio. Usando Yu.t., el estado, representado por sus autoridades, habla el lenguaje de la ley y expresa su voluntad: cancela y cambia las normas; establece nuevas reglas de conducta; refuerza las relaciones sociales existentes. Con la ayuda de Yu.t. las declaraciones de voluntad toman la forma de constituciones, leyes vigentes, decretos gubernamentales, instrucciones ministeriales, etc. En la literatura legal Yu.t. generalmente se dividen en tres tipos: a) términos de uso común que se utilizan en el habla cotidiana y son comprensibles para todos; b) términos legales especiales que tienen un contenido legal especial (carta de crédito, declaración de crédito, etc.). Tales términos sirven para designar. conceptos jurídicos, expresiones de construcciones jurídicas, tipificación de industrias, etc.; c) términos técnicos que reflejen un área de especialización, como normas de seguridad, Mantenimiento equipo, examen soluciones tecnicas etc Sin embargo, los términos de uso común también pueden volverse legales. Así, el término “espacio jurídico”, que apareció hace varios años en el proceso de debates parlamentarios y periodísticos, está pasando de ser un término de uso común a uno jurídico especial. Para que los términos legales especiales sean claros para todos los sujetos de las relaciones jurídicas, el emisor de normas utiliza normas que no regulan directamente las relaciones sociales, sino que revelan el contenido de cualquier Yu.t. Por ejemplo, una infracción administrativa en el derecho administrativo, una oferta y aceptación en el derecho civil, un impuesto especial en el derecho financiero, etc. Tales normas se denominan definiciones de normas. Eficiencia Yu.t. depende de cómo el legislador cumpla una serie de normas de terminología jurídica. Estos son: a) la unidad de terminología. Es necesario que se utilicen los mismos términos para referirse a los mismos conceptos; b) el uso de términos generalmente aceptados, es decir, términos deben ser utilizados en la vida cotidiana. Dichos términos son fijados por la ley; c) estabilidad terminológica. Es inaceptable sin motivos suficientes para rechazar Yu.t. Lit.: Alexei en S.S. Teoría general del derecho. En 2 volúmenes T. II. M., 1982; P i meta -kin A.S. Terminología jurídica y formas de mejorarla. Notas científicas de VNIISZ. Asunto. 24. M., 1971; Khabibulina N.I. El lenguaje del derecho y su comprensión en el proceso de interpretación lingüística del derecho. M., 1996; El lenguaje de la ley / Editado por A.S. Pigolkin. M., 1990. Arzamasov Yu.G.

Enciclopedia de derecho. 2005.

Terminología legal

Los términos jurídicos (lat. termminus limit, border) son palabras o frases que designan con precisión un determinado concepto jurídico.

La terminología utilizada por la ciencia jurídica y la legislación es muy heterogénea. Todos los términos legales se dividen en tres grupos.

1. términos de uso común - palabras del lenguaje literario habitual (“vivienda”, “compartir”, “capturar”, etc.). Sin ellas no puede existir la jurisprudencia ni la legislación, porque sin palabras de uso común es imposible expresar pensamientos, hacer comprensible la legislación y la jurisprudencia.

2. Términos legales especiales - estos son términos que reflejan las características del estado y la ley como fenómenos sociales específicos y que surgen en el proceso de la actividad jurisdiccional. Tales, por ejemplo, son: "relaciones jurídicas", "acusado", "demandante", "fiscal", "perjuicio" y otros. Al mismo tiempo, cabe señalar que muchos términos legales especiales en el derecho moderno provienen de sistemas legales del pasado lejano ("pensión alimenticia", "reclamo", "contrato", "capacidad legal" y otros).

3. Términos especiales no legales - estos son términos que pertenecen a otras ciencias e industrias (no jurídicas) y se utilizan en la legislación y la ciencia jurídica (“transporte”, “cibernética”, “epizootía”, “enfermedad venérea” y otros).

Para entender su significado, hay que referirse a las ramas del conocimiento a las que pertenecen.

La terminología legal debe cumplir con los requisitos de:

- precisión en la designación de un concepto particular;

- unidad (singularidad, cuando el término tiene uno, no varios significados);

brevedad, claridad y sencillez. El lenguaje de la ley debe ser suficientemente expresivo y al mismo tiempo desprovisto de matices emocionales.

Para la legislación, por ejemplo, el término "estado" es familiar, pero las palabras "patria", "patria", "patria", "estado" que tienen un significado cercano no se utilizan. El legislador usa el término “muerte”, pero no usa las palabras “muerte”, “muerte”, etc.

Construcción legal- construcción específica del material jurídico normativo según uno u otro tipo de conexión entre sus elementos.

Las construcciones jurídicas son el fruto de muchos años, ya menudo siglos, de actividad mental, y cobran vida por las necesidades objetivas de la regulación de las relaciones humanas.

El alcance y las características de las relaciones públicas reguladas por la ley también determinan el tipo de conexión del material legal normativo, en otras palabras, la originalidad de una estructura legal particular. Para el derecho civil, que se ocupa principalmente de las relaciones de propiedad, son típicas construcciones jurídicas como "contrato", "derecho de propiedad", "propietario de buena fe" y otras.

símbolos legales- se trata de imágenes condicionales fijadas por la legislación, utilizadas para expresar un determinado contenido legal.

El simbolismo es una especie de medio de formalizar el contenido jurídico para darle claridad, certeza, lapidaridad e imaginería. Los símbolos como una variedad de caracteres de reemplazo "artificiales" tienen una serie de características. Suelen ser objetos materiales, tangibles, aunque expresan un contenido abstracto; los símbolos deben ser comprensibles para quienes los utilizan; los símbolos, por regla general, están diseñados para la percepción sensual y emocional.

En el derecho interno, por ejemplo, una serie de símbolos se fijan legalmente y adquieren así carácter legal. Tales son, por ejemplo, el escudo de armas, la bandera, el himno como símbolos del Estado, el levantamiento de los presentes en la corte cuando la composición de la corte aparece como símbolo de respeto por ella y respeto por la justicia. El mismo nombramiento es para la toga judicial introducida por la nueva legislación, aprobada por el Presidente Federación Rusa juramentos como símbolo de servicio al pueblo, etc.

presunción legal una suposición (en el campo del derecho o solo en relación con el derecho) sobre la presencia o ausencia de ciertos hechos basada en la conexión entre los hechos alegados y los hechos disponibles, confirmada por la experiencia previa.

Una característica esencial de una presunción es su naturaleza conjetural. Una presunción es una generalización que no es confiable, sino probable. Sin embargo, el grado de su probabilidad es muy alto, y se basa en la conexión entre el sujeto y los fenómenos del mundo objetivo y la repetición de los procesos de la vida cotidiana.

El papel de la presunción en derecho es grande, y sería erróneo verla sólo como un medio de técnica jurídica. Algunas presunciones jurídicas generales han adquirido la significación de principios jurídicos: la presunción de conocimiento de la ley; presunción de integridad del ciudadano, presunción de inocencia del imputado.

Las ficciones son una técnica muy original de técnica legislativa.

ficción legal disposición inexistente reconocida por la legislación como existente y, en virtud de ello, de carácter vinculante con carácter general.

Las ficciones son afirmaciones que no son ciertas. Sin embargo, son muy utilizados en diversas ramas del conocimiento. Al estar consagrada en la legislación, la ficción se vuelve legal (legal).

La combinación de las evaluaciones revisadas y otras evaluaciones científicas de las tendencias en el desarrollo de la práctica legislativa nos permite sacar cuatro conclusiones importantes.

La primera es que la técnica de elaboración del derecho, con imparcialidad externa, puede ser utilizada para la regulación deliberada de la conducta jurídica, teniendo en cuenta determinados intereses sociales. Entonces las normas jurídicas pueden ser comprensibles o deliberadamente complejas, precisas o indefinidas.

En segundo lugar, es necesario tener en cuenta las especificidades de los métodos legales y tecnológicos en diferentes ramas de la legislación. Después de todo, los objetos y métodos desiguales de la regulación legal sectorial son bastante obvios. Así, en la legislación constitucional se utilizan con mayor frecuencia normas-definiciones, normas-objetivos y normas-principios, y las normas mismas suelen consistir sólo en disposiciones. En la legislación civil y penal es tradicional la estructuración estricta y detallada de instituciones y normas.

La tercera es que la técnica de elaboración del derecho se manifiesta en todas las etapas de la operación de un acto jurídico normativo. Es imposible prescindir de él en el proceso de elaboración de la versión inicial de un acto jurídico reglamentario, discutiendo el proyecto, su diseño y adopción.

Cuarto, la interpretación de leyes y otras regulaciones y su implementación también requieren el uso de técnicas legales.

técnica de aplicación de la ley incluye un conjunto de técnicas, métodos y medios mediante los cuales se llevan a cabo las actividades de aplicación de la ley.

Según el significado de las formas de realización del derecho, se pueden distinguir los siguientes tipos de técnicas de realización del derecho:

- técnica de cumplimiento;

- rendimiento;

- utilizar;

- aplicación de la ley.

Estas formas se consideran con más detalle en la sección correspondiente de la teoría del derecho. En cuanto a los medios de tecnología de aplicación de la ley, incluyen lo siguiente:

1. Actos jurídicos reglamentarios.

2. Órganos e instituciones que contribuyan a la implementación exitosa de la ley.

3. Actos de aplicación de la ley.

Así, con la ayuda de las técnicas de creación y realización de leyes, en interacción con otros elementos del sistema legal, se lleva a cabo una regulación legal efectiva de las relaciones sociales.

temas de ensayo

1. Aproximaciones básicas al concepto de “técnica jurídica”.

2. Técnica legislativa.

3. Técnica de aplicación de la ley.

4. Técnica de interpretación.

Usova Anastasia Yurievna,
Profesor, Universidad Pedagógica Estatal de San Petersburgo

"Facultad de turismo y servicio hotelero"
petersburgo

Tema: Derecha

El público objetivo: Aprendiz (estudiante)

Breve descripción del desarrollo metodológico: contiene la terminología básica para las principales ramas de la legislación rusa, estudiada en las clases sobre los fundamentos del derecho.

Objetivo: compilar un breve diccionario de términos legales para estudiantes con el fin de ayudar a los estudiantes a dominar la disciplina "Derecho", a dominar y usar términos legales en el proceso educativo.

Tareas:

1. Poner en uso un diccionario de términos jurídicos a través de formularios de juego, crucigramas, pruebas;

2. Es apropiado y correcto usar palabras en el habla;

3. Enseñar a los alumnos la correcta formulación y definición de términos.

Resultado Esperado: Uso correcto por parte de los estudiantes de términos jurídicos en el proceso educativo, la correcta formulación y definición de palabras. Dominar este vocabulario ayudará a los estudiantes a sentirse seguros en el campo legal.

BREVE GLOSARIO DE TÉRMINOS LEGALES

Administración- en la Federación Rusa, el nombre oficial más común de las autoridades ejecutivas a nivel de territorio, región, distrito autónomo, distrito, ciudad; También es el órgano de gobierno de la organización.

Actuar - documento legal. Dependiendo de quién y en qué nivel de gestión se emite (adopta) un acto, y según su contenido, se acostumbra distinguir los actos estatales, departamentales, reglamentarios y regionales. Actos también se llama protocolo que fija un hecho determinado.

Acto reglamentario- un documento que establece, modifica o cancela la vigencia de las normas jurídicas. Los actos jurídicos reglamentarios vigentes en el país forman un solo sistema. Según el orden de adopción y fuerza legal, los actos jurídicos normativos se dividen en leyes y estatutos.

Ley- un acto normativo con la más alta fuerza legal, adoptado de manera especial por el máximo órgano representativo del poder estatal o directamente por el pueblo y que regula las relaciones sociales más importantes

Clasificación de leyes. Por fuerza y ​​objeto jurídicos, las leyes se dividen en constitucionales (fijan las bases del sistema social y estatal y determinan los principios jurídicos básicos de toda la legislación vigente) y ordinarias (se adoptan sobre la base de las leyes constitucionales y regulan diversos aspectos de la sociedad). Entre estos últimos destacan los codificados y los actuales. Según la naturaleza de la acción, las leyes se dividen en permanentes, temporales y de emergencia. En la Federación Rusa, como en cualquier estado federal, se aplican las leyes federales y las leyes de los sujetos. Las leyes en vigor forman el sistema de legislación. La máxima fuerza jurídica supone que ningún otro acto jurídico debe contradecir la ley, no puede anularla ni modificarla; pero la ley puede derogar o cambiar cualquier otro acto jurídico. El contenido de la ley forma normas primarias, que en algunos casos reciben mayor concreción y desarrollo en los estatutos.

Legislación- en un sentido amplio - un sistema de actos legales vigentes en el país, que incluye no solo legislativo, sino también estatutos - decretos del Presidente, decretos del Gobierno, reglamentos de los órganos ejecutivos federales, etc.

Acto sublegislativo(normativo) es adoptado por las autoridades públicas dentro de su competencia y, por regla general, sobre la base de la ley. Por regla general los estatutos deben cumplir con las leyes.

capacidad legal es una capacidad jurídica por sí misma propias acciones(inacción) adquirir derechos y obligaciones jurídicas subjetivas, ejercerlos y extinguirlos.

Comportamiento- uno de los tipos de hechos jurídicos, que depende de la voluntad de las personas, ya que es cometido por ellas. Se dividen en legales e ilegales.

agravio- lo mismo que un delito menor (sinónimo de ofensa).

método dispositivo- una forma de regular las relaciones entre los participantes que son partes iguales. Les deja elegir su propia conducta, y si no lo hacen, entra en vigor la prescripción de la disposición de la norma jurídica.

Ejecutivo- una persona que ejerza, por designación o por resultados electorales, las funciones de un representante del poder o que ocupe temporal o permanentemente Instituciones públicas(instituciones estatales), empresas, organizaciones, partidos, instituciones públicas, organizaciones, cargos relacionados con el desempeño de funciones organizativas, administrativas o administrativas, o que las realicen bajo autoridad especial.

Dignidad- una categoría moral, que significa respeto y autorrespeto de la persona humana. Una propiedad integral de una persona que le pertenece, independientemente de cómo él mismo y las personas que lo rodean perciban y evalúen su personalidad. En derecho civil - uno de los beneficios intangibles.

Queja- una apelación de un ciudadano a los organismos estatales o públicos, a sus funcionarios, al poder judicial con respecto a la violación de sus derechos e intereses legítimos.

Protección del honor, la dignidad y la reputación empresarial- una forma de proporcionar beneficios intangibles. Permite al tribunal exigir la refutación de información que desacredite el honor, la dignidad y la reputación comercial de un ciudadano, si el divulgador de esta información no prueba que son ciertos.

empresarios individuales - individuos registrados en la forma prescrita por la ley y realizando actividades empresariales sin constituir una persona jurídica.

método imperativo- esta es una forma de influencia imperiosa sobre los participantes en las relaciones públicas regulada por las normas legales (derecho administrativo, penal).

Inspección- un organismo que ejerce control sobre el cumplimiento de las normas establecidas por el estado (por ejemplo, seguridad contra incendios, bienestar sanitario y epidemiológico). Incluye no solo la verificación del cumplimiento, sino también la adopción de medidas in situ para eliminar la infracción.

Código(lat. códice - libro) - un acto legislativo que contiene normas sistematizadas de una industria o varias industrias. La estructura del código a menudo refleja el sistema de la industria.
A menudo, los códigos en el sistema legal del país son de primordial importancia en comparación con otros actos normativos. Por ejemplo, a pesar de que los códigos en la Federación Rusa tienen el estatus de leyes federales, establecen directamente que otras regulaciones (incluidas otras leyes federales) no deben contradecir las disposiciones del código.

Constitución- la ley fundamental del estado, un acto jurídico normativo que tiene la más alta fuerza legal y regula las bases de la organización del estado y la sociedad.

Licencia- un permiso expedido por un órgano especialmente autorizado de la administración estatal o del gobierno autónomo local para realizar actividades que, de conformidad con la legislación aplicable, estén sujetas a licencia.

Regulaciones locales- actos emitidos por la administración de una empresa o institución en forma de órdenes o instrucciones, reglas internas a largo plazo, vinculante para los empleados de la organización.

Método- medios, métodos utilizados en el proceso de regulación de las relaciones jurídicas. Se dividen en imperativos y dispositivos.

Daño moral- sufrimiento moral o físico experimentado como resultado de las acciones ilegales de otra persona (por ejemplo, como menospreciar la dignidad personal o la reputación comercial a través de la difusión de información difamatoria, injerencia en la vida personal, etc.)

La fuerza retroactiva de la ley- extender el efecto de la ley a los casos que tuvieron lugar antes de su entrada en vigor. es una excepción a regla general Por lo tanto, debe estar especificado en la propia ley o en el acto de su entrada en vigor.

Práctica de negocios- establecido y ampliamente utilizado en cualquier campo actividad empresarial una regla de conducta que no está prevista en la ley, independientemente de que esté fijada en algún documento.

Jurisdicción- las reglas según las cuales se determina el órgano jurisdiccional competente para conocer del caso. Puede ser un sistema de tribunales estatales (el Tribunal Constitucional de la Federación Rusa, un tribunal de arbitraje, tribunales de jurisdicción general) o un tribunal de arbitraje, o un procedimiento obligatorio u opcional para considerar los procedimientos previos al juicio (una comisión sobre conflictos laborales , un procedimiento de reclamación, etc.)

Jurisdicción- distribución entre los tribunales de los casos que deben conocerse en primera instancia, es decir, el establecimiento de un tribunal específico que debe decidir el caso.

norma juridica- una regla de conducta generalmente vinculante establecida por el organismo estatal autorizado y destinada a la aplicación repetida.

Regulacion legal- el proceso de influencia estatal en las relaciones sociales con la ayuda de normas legales (reglas de derecho).

principio legal- una disposición general, una declaración que tiene un significado obligatorio y está sujeta a aplicación en la regulación de relaciones específicas, tanto en el proceso de elaboración de leyes como en la etapa de implementación de las normas jurídicas.

Ofensa- un acto culposo socialmente dañino de una persona capaz, contrario a los requisitos de los actos jurídicos; comportamiento que viola las normas legales y es perjudicial para personas y sociedades específicas; tipos: infracciones civiles (torts), infracciones disciplinarias, infracciones administrativas, infracciones penales.

Personalidad legal- una categoría jurídica, que se entiende como la capacidad de una persona física o jurídica para tener y ejercer, directamente o por medio de sus representantes, derechos y obligaciones jurídicas, es decir, actuar como sujeto de una relación jurídica. En la composición de la personalidad jurídica se distinguen la capacidad jurídica y la capacidad jurídica.

Capacidad legal - es la capacidad de una persona para tener derechos y obligaciones jurídicas subjetivas, es decir, para ser partícipe de una relación jurídica, en virtud de la ley. Así, una capacidad jurídica puede ser suficiente para ser parte en una relación jurídica. Así, la capacidad jurídica civil general de un individuo surge en el momento de su nacimiento, y un bebé puede ser partícipe de una relación de derecho civil (por ejemplo, la relación jurídica de herencia).

Capacidad y capacidad jurídica- son dos caras de un mismo fenómeno - la personalidad jurídica, que por su naturaleza es una sola capacidad jurídica. La separación real de la personalidad jurídica en capacidad jurídica y capacidad jurídica se produce principalmente en el ámbito del derecho civil, y aun así no para todos los sujetos (la personalidad jurídica civil de las organizaciones es una).

Estatus legal- el estatuto jurídico inicial de los sujetos se caracteriza por el concepto de "estatus jurídico". Es el más amplio entre los ciudadanos y consiste en la personalidad jurídica y los derechos y obligaciones constitucionales que, de acuerdo con la Constitución de la Federación Rusa, forman la base del estatus legal de un individuo y son directamente aplicables (Capítulo 2 de la Constitución de la Federación Rusa). Federación Rusa). El estatus legal de los ciudadanos de la Federación Rusa es igual para todos. La palabra "status" en latín significa "estado", "posición". Sin embargo, en la literatura, junto con el concepto de estatus legal, se propone no singularizar el concepto de "estado legal". Tal adición tiene sentido si por "estado jurídico" entendemos el estatuto jurídico específico del sujeto, que está determinado tanto por su estatuto jurídico como por la totalidad de vínculos jurídicos específicos en que se encuentra.

Relación legal - una relación jurídica entre personas reguladas por normas de derecho, expresadas en sus derechos y obligaciones recíprocos; el establecimiento, cambio o extinción de una relación jurídica se funda en un hecho jurídico.

Compañía como término en la Rusia moderna tiene dos significados. La primera es una entidad económica independiente, separada desde el punto de vista organizativo, dotada de los derechos de una persona jurídica que fabrica y vende productos, realiza trabajos y presta servicios. Ocurre en los nombres de entidades legales como empresas unitarias (estatales y municipales); el segundo es un complejo de propiedad utilizado para la actividad empresarial, es decir, un objeto de los derechos civiles (esta es la definición consagrada en el Código Civil de la Federación Rusa, Artículo 132).

Presunción- una suposición sobre la existencia de un hecho, que se considera verdadera hasta que se pruebe indiscutiblemente la falsedad de tal suposición.

presunción de culpabilidad del deudor- en el derecho civil, una disposición según la cual se presume culpable al deudor que no ha cumplido una obligación o la ha cumplido indebidamente; él tiene la carga de probar su inocencia.

Presunción de inocencia(lat. praesumptio inocente) es uno de los principios fundamentales de la justicia penal. El principio de presunción de inocencia establece: “Una persona no es culpable hasta que se pruebe lo contrario”. Esto significa que el imputado no tiene que probar su inocencia, sino que, por el contrario, la fiscalía debe aportar pruebas fehacientes y jurídicamente irreprochables de la culpabilidad del imputado (acusado). En este caso, cualquier duda razonable en la prueba se interpreta a favor del imputado.

derecho procesal- un conjunto de normas del ordenamiento jurídico que regulan las relaciones sociales derivadas de la investigación de los delitos, la consideración y resolución de los casos en el orden de los procesos penales, civiles, administrativos y constitucionales.

ley Pública- un concepto colectivo que significa un conjunto de ramas del derecho, cuyas normas están diseñadas para regular las relaciones entre el estado y los ciudadanos, determinar la organización, función y actividades del estado, garantizar el interés público (público). La esfera del derecho público incluye ramas del derecho como constitucional, administrativo, penal, procesal penal, internacional.

Desarrollos- el tipo de hechos jurídicos con los que la ley asocia el surgimiento de las relaciones jurídicas. Los eventos incluyen fenómenos naturales (circunstancias) que son objetivamente independientes de la voluntad de la conciencia de las personas (inundaciones, terremotos, nacimiento, muerte, etc.).

Estandarización- el proceso de establecimiento y aplicación de normas.

sujeto de derecho- personas involucradas en relaciones jurídicas.

ley subjetiva- una medida del comportamiento posible (permisible) de una persona para satisfacer sus intereses legítimos, previsto por la ley y proporcionado por el estado. Actúa como un derecho que pertenece a un determinado sujeto y se realiza sólo a su discreción.

Tribunal de Jurisdicción General- un tribunal ordinario de jurisdicción general, conoce de causas civiles y penales. Los tribunales especializados incluyen tribunales militares, tributarios, aduaneros, laborales.

Servicio- la actividad, cuyo resultado no tiene una expresión material, se realiza y consume en el proceso de realización de esta actividad.

Capital autorizado- un conjunto de contribuciones (en términos monetarios) a la propiedad al crear ciertos tipos de organizaciones comerciales (sociedades comerciales y sociedades) para asegurar sus actividades en los montos determinados por los documentos constitutivos o la legislación.

derecho financiero- una de las ramas del derecho, un conjunto de normas legales que rigen las relaciones sociales que surgen en el proceso de formación, distribución y uso de fondos monetarios (recursos financieros) del estado y los gobiernos locales necesarios para la implementación de sus tareas.

Fuerza mayor- en derecho civil, la ocurrencia de circunstancias extraordinarias e inevitables, cuya consecuencia es el incumplimiento de los términos del contrato. Por regla general, las contrapartes establecen los casos de circunstancias imprevistas y sus consecuencias jurídicas de manera contractual.

derecho privado- un concepto colectivo que significa ramas del derecho que regulan intereses privados entre sujetos de derecho sobre la base de sus obligaciones mutuas, donde los participantes en la relación son iguales. El ámbito del derecho privado incluye ramas del derecho como civil, laboral, familiar.

Responsabilidad legal- esta es la obligación del sujeto del delito de sufrir las consecuencias adversas, previstas por las normas jurídicas.

hecho juridico- las circunstancias estipuladas en la ley bajo las cuales surgen relaciones jurídicas específicas (cambiar, terminar). Se dividen en eventos y hechos (acciones e inacciones).

Entidad- una organización que tiene propiedad separada en la propiedad, la gestión económica o la gestión operativa y es responsable de sus obligaciones con esta propiedad, puede adquirir y ejercer derechos de propiedad y derechos personales que no son de propiedad en su propio nombre, asumir la responsabilidad, ser demandante y demandado en los tribunales .